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NAVIDAD ES TODO LO AMAS

Por cada $50 acumulables participa en el sorteo de 30.000 Recreodolares para 5 ganadores. 

  • Clientes tarjetas ALIA reciben triple cupón
  • Aplican términos y condiciones.
  • Facturas válidas del 13 de nov 2024 al 05 de enero de 2025

REGLAMENTO DE CAMPAÑA “NAVIDAD ES TODO LO QUE MAS”

El presente reglamento norma los términos y condiciones del concurso denominado “NAVIDAD ES TODO LO QUE AMAS” limitando de esta manera los derechos y obligaciones de Ciudad Comercial El Recreo, Centro Comercial El Recreo Segunda Etapa, Centro Comercial Recreo Plaza; y, Centro Comercial Ampliación Recreo Plaza (en adelante “EL RECREO”), así como de los participantes, ganadores y coauspiciantes del concurso.

Su validez y aplicación se limita a las compras realizadas únicamente en los locales comerciales e islas establecidos legalmente dentro de EL RECREO.

  1. OBJETO DE LA CAMPAÑA:

EL RECREO ha tenido la iniciativa de la campaña “NAVIDAD ES TODO LO QUE AMAS” con el objeto de premiar y reconocer la confianza de sus clientes. En esta campaña se sorteará entre los participantes a cinco (5) ganadores que se harán acreedores a la entrega de billetes de la moneda promocional denominada “RECREODÓLARES” por un monto total de USD. 30.000,00 (TREINTA MIL DÓLARES CON 00/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) . 

  1. TÉRMINOS Y CONDICIONES

2.1.- Por cada USD 50.00 (CINCUENTA DÓLARES CON 00/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) de consumo, que pueden ser con facturas acumulables, en los locales y/o islas de EL RECREO, los clientes podrán participar en la campaña.

2.2. Son válidas las facturas de consumo realizadas en los locales e islas establecidos dentro de EL RECREO que se hayan emitido desde el 13 de noviembre de 2024 hasta el 5 de enero de 2025 inclusive.

2.3. Las facturas de MEGAMAXI y KYWI se canjean con una factura de compra adicional, es decir, se debe adjuntar una factura de otro establecimiento que este dentro de El Recreo, por el monto mínimo señalado para esta campaña.

2.4. Las facturas deben estar en buen estado, legibles y no deterioradas. No podrán tener enmendaduras, tachones, rayones u otros. El Centro Comercial se reserva el derecho de aceptar o rechazar las facturas presentadas por los clientes participantes.

2.5. El canje de facturas se podrá realizar en los puntos de canje físicos establecidos dentro de EL RECREO o a través del ánfora virtual ingresando a www.ccelrecreo.com

Para registrarse en el Ánfora Virtual, los clientes nuevos deberán crear un usuario con su número de identificación (cédula de identidad) y un correo electrónico. Una vez creada la cuenta, los clientes podrán registrar sus facturas llenando la información solicitada en el formulario, incluyendo una foto completa y legible de la factura. En el caso de que los clientes deban registrar varias facturas, éstas deberán ser ingresadas una a una. Una vez finalizado el proceso de registro, el cliente recibirá un correo electrónico indicando el estatus de las facturas ingresadas.

2.6. Las facturas de consumo podrán ser canjeadas hasta por un monto máximo de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) más IVA.

2.7. El cliente que participa en nuestras promociones, al momento que canjea sus facturas, acepta recibir información publicitaria por el medio que EL RECREO crea conveniente.

2.8. Clientes afiliados a tarjetas ALIA recibirán triple cupón.

  1. PREMIOS Y MECÁNICA DE SORTEO

3.1. Los premios en esta campaña serán para cinco (5) ganadores y consiste en la entrega de billetes de la moneda promocional denominada “RECREODÓLARES” por un monto total de USD. 30.000,00 (TREINTA MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

Cada ganador recibirá un total de seis mil (6.000) RECREODÓLARES, los que, se entregarán mensualmente en la cantidad de quinientos (500) RECREODÓLARES a cada ganador. Los billetes denominados RECREODÓLARES podrán ser utilizados en los locales e islas participantes en la campaña

3.2. Mecánica de Sorteo

3.2.1. El sorteo de los cinco (5) ganadores de la campaña se realizará en la Plaza de los Artistas, el miércoles 08 de enero de 2025 a las 12h30, en presencia de un Notario Público y será transmitido en vivo a través de la plataforma Facebook de EL RECREO.

3.2.2. El sorteo se hará a través de la selección aleatoria de cupones físicos que se encontrarán en una tómbola. La selección de cupones ganadores la realizará el animador del evento.

3.2.3. Los ganadores de la campaña serán seleccionados a través de la mecánica de tres cupones elegidos en los que el primero y el segundo serán eliminados y el tercer cupón será el ganador. Esta mecánica se repetirá por cinco veces hasta completar los 5 ganadores del sorteo.

3.2.6 Los nombres de los ganadores serán publicados en la página web, redes sociales y en los puntos de información de EL RECREO, así también serán notificados vía telefónica y correo electrónico.

4.- RESPONSABILIDAD SOBRE EJECUCIÓN DE LOS PREMIOS

4.1. En caso de presentarse cualquier problema o inconveniente con la provisión de los bienes objeto del sorteo, Ciudad Comercial El Recreo, Centro Comercial El Recreo Segunda Etapa, Centro Comercial Recreo Plaza; y, Centro Comercial Ampliación Recreo Plaza, ceden a favor de los ganadores de la campaña las acciones legales pertinentes a fin de obtener el premio en la forma que el proveedor ha convenido con los organizadores. De igual manera, al presentarse la misma circunstancia, Ciudad Comercial El Recreo, Centro Comercial El Recreo Segunda Etapa, Centro Comercial Recreo Plaza; y, Centro Comercial Ampliación Recreo Plaza, quedarán exentas de cualquier responsabilidad administrativa, civil y/o penal, frente a los ganadores de la campaña.

4.2.  Los premios del sorteo deberán solicitarse dentro de los sesenta (60) días contados a partir de la publicación de resultados. En caso de no retirarse los premios, EL RECREO podrá disponer de los mismos, como considere conveniente. 

4.3. Los premios podrán ser cedidos a terceros, únicamente con autorización de EL RECREO.

4.4. En caso de muerte de la persona ganadora, sus herederos le subrogarán en todos sus derechos, siempre que, los premios no hayan sido canjeados por el ganador. Para este efecto los herederos tendrán un plazo máximo de sesenta (60) días contados a partir de la publicación de los resultados del sorteo para presentar la posesión efectiva y subrogar en sus derechos al ganador. Si dentro de este plazo, no se presentare los documentos que acrediten la calidad de herederos, EL RECREO queda facultado para decidir sobre el destino de los RECREODÓLARES que le correspondieren al ganador.

4.5. En caso de que una persona jurídica resultare ganadora del sorteo, EL RECREO se reserva el derecho de solicitar toda la información que considere necesaria tanto de ésta como de su Representante Legal, previo a la entrega de los premios. Los premios serán entregados únicamente a la persona que acredite la calidad de Representante Legal de la persona jurídica.

5.- RESTRICCIONES

Ninguna persona que preste sus servicios a la Administración de EL RECREO, locales, islas o espacios comunales; así como propietarios, concesionarios o arrendatarios de locales e islas, podrá participar en el sorteo.  Si se llegare a detectar a cualquiera de estas personas en el canje de facturas, se comunicará inmediatamente al propietario del local, para que tome las medidas correspondientes, procediendo a anular los cupones que se hubieren canjeado, si ese fuere el caso.

6.- CONTROVERSIAS

En caso de Controversias surgidas de este reglamento, los comparecientes se someterán al procedimiento arbitral en el Centro, Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana de Quito. Así mismo, las partes están de acuerdo que el arbitraje sea conducido bajo lo dispuesto por la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento del Centro mencionado y las siguientes reglas: i) El arbitraje será en derecho y será confidencial, ii) el tribunal estará compuesto por un árbitro que será elegido mediante sorteo por el Director del Centro antes mencionado, ) para la ejecución de medidas cautelares, el Tribunal de Arbitraje está facultado para solicitar de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos su cumplimiento, sin que sea necesario recurrir al juez ordinario, iv) la reconvención, si fuere el caso, se ventilará en el mismo arbitraje, v) los costos del arbitraje serán pagados por la Parte en contra de la cual se dictare el Laudo. El tribunal ordenará el reembolso de los costos si fuere el caso, vi) el lugar del arbitraje será las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana de Quito.

  1. ACEPTACIÓN

EL RECREO se reserva el derecho de difundir los nombres y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crean convenientes, sin obligación de realizar compensación alguna a dichos participantes.

La simple participación de los clientes, sin excepción alguna, en esta campaña, implica la aceptación de estos términos y condiciones en su totalidad y el criterio interpretativo de EL RECREO, en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del presente sorteo, por lo que la manifestación, en el sentido de no aceptación de las mismas, implica la exclusión del participante del sorteo  y, como consecuencia de la misma, EL RECREO quedará liberado del cumplimiento de cualquier obligación contraída con él. Los Ganadores de los sorteos, previamente a ser acreedores del premio ofertado para esta campaña, deberán suscribir el presente reglamento aceptando todas sus partes, caso contrario se entenderá como no aceptado el premio, para lo cual EL RECREO seguirá lo determinado en el presente reglamento.

De considerarlo apropiado, EL RECREO se reserva el derecho de modificar las condiciones y restricciones para la presente promoción, en cualquier tiempo, lo cual se pondrá a conocimiento de todos los participantes por los mismos medios en que se comunicó esta promoción.

  1. BASES DE DATOS

El participante queda informado que de conformidad con el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, sus datos e información personal proporcionada formarán parte de la base de datos que mantiene EL RECREO; así como, del software del sorteo, por lo que acepta ser parte de la base de datos una vez terminada la campaña.

Las bases y condiciones del concurso de la campaña publicitaria “NAVIDAD ES TODO LO QUE AMAS” están disponibles en la página web www.ccelrecreo.com

 

Dado en Quito a los (11) días del mes de noviembre de 2024.

Econ. Marianela Berrazueta.

Administradora

CIUDAD COMERCIAL EL RECREO

CENTRO COMERCIAL EL RECREO SEGUNDA ETAPA

CENTRO COMERCIAL RECREO PLAZA

CENTRO COMERCIAL AMPLIACIÓN RECREO PLAZA

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